El 24 de junio de 2021, un grupo de padres y madres de los normalistas desaparecidos de Ayotzinapa presentó una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
El recurso señalaba, entre otras instancias, a la Secretaría de la Defensa Nacional como autoridad responsable de los graves acontecimientos registrados en Iguala, Guerrero, los días 26 y 27 de septiembre de 2014. Legalmente, esta queja facultó a la CNDH para radicar un nuevo expediente orientado a investigar presuntas violaciones a los derechos humanos.
En atención a dicho procedimiento, la CNDH recientemente detalló en un comunicado oficial que, como parte de los compromisos con las víctimas, realizó una revisión exhaustiva de todas las actuaciones ministeriales previas, incluidas las de la propia defensoría. Esta revisión incorporó aquellos elementos que habían sido omitidos o que, por diversos motivos, fueron interpretados anteriormente de manera sesgada y tendenciosa.
En el comunicado se establece que tras acreditar la existencia de violaciones graves a los derechos humanos, el pasado 2 de julio emitió la recomendación No. 208VG/2026, dirigida a diversos organismos y dependencias federales; así como, a autoridades estatales y municipales del estado de Guerrero involucradas en este caso, no obstante, destaca la exclusión de la Secretaría de la Defensa Nacional como autoridad responsable.
¿Por qué la CNDH excluyó de su recomendación a la SEDENA?
La respuesta estriba en un principio fundamental de derecho: la ausencia de elementos probatorios que sustenten una responsabilidad en los hechos.
Para arribar a esta conclusión, la CNDH documentó que las narrativas construidas previamente por organismos como el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), ciertas organizaciones no gubernamentales y la propia Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia (CoVAJ), presentaron múltiples inconsistencias y contradicciones que terminaron por entorpecer el acceso real a la verdad y a la justicia.
Es decir, la CNDH coincide en la argumentación que ha sostenido la SEDENA, respecto a que los militares el día de los hechos no intervinieron de forma inmediata ni directa durante las acciones de la policía municipal de Iguala en contra de los estudiantes, ya que en aquel entonces el Ejército carecía de atribuciones de seguridad pública y por tanto su intervención habría constituido una violación a la competencia de las policías estatales y municipales, responsables de contener los disturbios.
Es inverosímil el hecho de cómo se fue construyendo poco a poco la narrativa Anti-Verdad Histórica que colocó al Ejército como el actor principal de este caso, lo cual se manifiesta claramente en la recomendación que emite la CNDH, cuando menciona: “el señalamiento que pone en el centro al Ejército como institución, como responsable de los hechos, tiene una connotación simbólica y política que implica la participación de instituciones estatales que los primeros indicios arrojaban que se limitaba al ámbito municipal, pero permitieron escalar hasta llevar los señalamientos de la presidencia municipal de Iguala y la gubernatura del estado de Guerrero hasta el entonces Presidente de la República como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, aun sin que hubiera indicios claros, ya no se diga pruebas, de la participación del Ejército”, lo que parece ser que esto no fue casualidad y que fue orquestado ante la incompetencia, negligencia o intereses personales y políticos de los responsables de esclarecer lo sucedido.
Un aspecto importante por resaltar es que, por más de 11 años, diversas personas que inicialmente fueron consideradas como responsables y posteriormente como testigos, han cambiado sus declaraciones o bien caído en contradicciones; en contraste, los testimonios brindados por el personal militar han mantenido una estricta consistencia desde el inicio de las indagatorias, es decir, no se ha ocultado nada.
Aunado a lo anterior, la propia CNDH reconoció la apertura de la SEDENA al entregar toda la documentación que le fue requerida por las instancias que intervinieron en las diligencias que se realizaron para esclarecer estos hechos; por lo que se puede establecer que, la documentación, informes procesados y bases de datos que fueron entregados por la dependencia desde el inicio de citadas investigaciones fueron suficientes, legítimos y oportunos, y los reclamos de los colectivos de víctimas y organizaciones civiles tienen que ver más a una “tendencia o sesgo político” del Grupo Internacional de Expertos Independientes y la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia, que a una carencia real de pruebas en el expediente penal.
En el apartado IV de la recomendación, se particulariza todas las dudas sobre el papel del Ejército en los hechos ocurridos los días 26 y 27 de septiembre de 2014, aportando la CNDH elementos comprobables que refutan cada una de las acusaciones de que ha sido objeto la Secretaría de la Defensa Nacional y los militares que fueron involucrados en este caso, concluyendo de manera puntual:
•“Que no encontró elementos para determinar la existencia de un plan específico de exterminio dirigido en contra de los estudiantes de Ayotzinapa”.
• “Esta comisión nacional, no ha encontrado elementos objetivos adicionales para reiterar lo ya expresado en 2018, asumiendo, que los elementos militares se ciñeron a la normativa y protocolos aplicables en ese tiempo en estos casos”.
• “Es claro que no participaron en la persecución y amago contra los autobuses en que viajaban los estudiantes normalistas”. • “No participaron en los hechos de violencia que derivaron en la desaparición de alguno de ellos y en la muerte de otros”.
• “Y si bien estuvieron enterados de lo que ocurría, por estar presentes en el C-4, personal militar carecía de facultades legales para intervenir en la situación, que ya estaba siendo atendida por la autoridad civil con atribuciones jurídicas para ello”.
En su resolutivo, la CNDH insta a las autoridades ministeriales y judiciales a incorporar la información recabada en las investigaciones que realicen. Para ello, plantea la pertinencia de diseñar un plan de investigación que agote exhaustivamente todas las líneas posibles (tanto pendientes como abandonadas), priorizando la conclusión definitiva de las indagatorias en curso o en etapa de integración respecto a la actuación del personal de la Secretaría de la Defensa Nacional durante los días 26 y 27 de septiembre de 2014.
Como es de esperarse, esta recomendación será objeto de un estricto escrutinio, particularmente por parte de aquellos sectores y actores que, a lo largo de más de una década, edificaron una narrativa sistemática orientada a incriminar a la Secretaría de la Defensa Nacional y a sus integrantes en los trágicos hechos registrados en Iguala, Guerrero.
No obstante, frente a visiones sesgadas o intereses particulares, la recomendación emitida destruye los señalamientos infundados en contra de una Institución que, históricamente, ha gozado del apoyo de la ciudadanía y se ha consolidado como un pilar fundamental para la estabilidad, la soberanía y la legalidad del Estado mexicano.
La nueva recomendación de la CNDH seguramente es un hito histórico, porque es el primer pronunciamiento del ombudsman nacional, en el que se analiza a profundidad la forma en que se han construido las distintas versiones de este muy lamentable caso, desnudando los intereses y actores que han estado detrás de cada una. Por eso, la exclusión de la SEDENA en este pronunciamiento no responde a una concesión de carácter político; constituye, en estricto sentido, un profundo acto de justicia institucional basado en la verdad jurídica.