Reforma del Reglamento de Extranjería: ¿Qué cambios se aplicarán a los inmigrantes a partir del 20 de mayo?
La modificación, que entra en vigor este martes, flexibiliza el acceso a permisos de residencia, unifica figuras de arraigo y reagrupación y amplía derechos, pero también introduce nuevas restricciones

Este martes, 20 de mayo, entra en vigor el nuevo Reglamento de Extranjería en España, aprobado el 19 de noviembre de 2024 y publicado en el BOE un día después. La norma introduce cambios estructurales en los procedimientos de residencia, regularización y reagrupación familiar para personas extranjeras, con el objetivo de modernizar el sistema y adaptarlo a la realidad migratoria actual.
La abogada especializada en extranjería, Elena Abella, destaca que “son muchos los cambios que trae consigo este reglamento, algunos muy positivos, otros preocupantes. Pero habrá que esperar a su aplicación práctica para evaluar su verdadero alcance y eficacia”.
En resumen, el nuevo reglamento de extranjería flexibiliza el acceso a permisos, mejora la reagrupación familiar para ciertos casos y abre opciones a estudiantes y personas ya insertadas en la sociedad española. Pero también endurece requisitos, deja fuera a colectivos vulnerables y podría generar cuellos de botella si no se acompaña de los recursos adecuados. “Es una reforma amplia y valiente en muchos aspectos, pero no está exenta de sombras. Su éxito dependerá de cómo se aplique sobre el terreno”, insiste Elena Abella.
De hecho, el nuevo Reglamento de Extranjería ha sido recurrido ante el Tribunal Supremo por varias organizaciones de defensa de los derechos de los migrantes y, ahora, la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para la regularización de unos 400.000 extranjeros se perfila, según ha confirmado a EL PAÍS, como el mecanismo más adecuado para subsanar las carencias de este texto.
Plazo para el arraigo: de tres a dos años
Uno de los cambios más relevantes del nuevo reglamento es la reducción del plazo de estancia exigido para acceder a los permisos por arraigo, que pasa de tres a dos años. Esta modificación permitirá que muchas personas extranjeras en situación irregular puedan acceder antes a un permiso de residencia legal. Además, los permisos obtenidos por esta vía tendrán una vigencia de un año y tras la renovación se ampliarán a cuatro más.
“Es una mejora clara y necesaria”, valora Abella. “Facilita la integración de personas que ya están plenamente insertadas en la sociedad española”.
Arraigo de segunda oportunidad
El reglamento introduce además nuevas figuras, como el arraigo de segunda oportunidad, destinado a quienes ya obtuvieron el permiso de residencia y no pudieron renovarlo por algún motivo (por ejemplo, no haber cotizado lo suficiente debido a una pérdida de empleo). Si estas personas han permanecido en España al menos dos años desde la pérdida del permiso, podrán solicitar nuevamente la residencia.
Sin embargo, esta vía no estará disponible para solicitantes de asilo. Según explica Abella, “el reglamento no contempla esta posibilidad, quizá para evitar que el procedimiento de asilo se utilice como una vía indirecta para obtener residencia”.
Para los solicitantes de asilo se establece una regularización transitoria, válida solo hasta el 20 de mayo de 2026. Solo podrán acceder a un permiso de residencia aquellos que a los que se les haya denegado el asilo por resolución firme hace, al menos, seis meses. Después de esa fecha, perderán ese derecho y serán tratados como si hubieran llegado al país por primera vez. “Esto puede dejar a miles de personas en situación irregular sin posibilidad de acogerse al nuevo marco legal”, lamenta Elena Abella.
Nuevo permiso para familiares de españoles
Una de las reformas estructurales más importantes es la unificación del permiso de arraigo familiar y del permiso de familiar comunitario en un nuevo instrumento: el permiso para familiares de españoles. Esta nueva concesión agrupa tanto a los familiares directos (cónyuge o pareja de hecho, hijos propios o del cónyuge y ascendientes, principalmente) como a la conocida como “familia extensa”, en la que se incluye a todo aquel que acredite que está a cargo del ciudadano español.
El nuevo permiso permitirá, por ejemplo, reagrupar a hijos hasta los 26 años, frente al límite actual de 21. Además, las solicitudes podrán presentarse por el ciudadano español desde España, sin necesidad de recurrir a consulados. “Es muy positivo que ahora se puedan tramitar aquí, porque los consulados estaban denegando muchas solicitudes sin justificación razonable”, celebra Abella.
Por otro lado, esta nueva regulación también introduce restricciones en el caso de la reagrupación de ascendientes (padres y suegros). A partir de su entrada en vigor, todos los mayores de 65 años que deseen ser reagrupados deberán acreditar que están económicamente a cargo del ciudadano español, salvo que tengan más de 80 años.
Además, los ascendientes ya no podrán solicitar este permiso desde España, sino que deberán regresar a su país de origen para iniciar el trámite. “Esto supone un retroceso importante en materia de unidad familiar”, advierte la abogada. “Es una de las medidas más duras del nuevo reglamento”.
Cambios en la tarjeta de estudiante
La nueva normativa también modifica el régimen de los estudiantes extranjeros. Entre las novedades más destacadas está que los estudiantes podrán trabajar hasta 30 horas semanales (siempre que se trate de estudios superiores) y cursar hasta un 50% de sus estudios de forma online. También se flexibilizan los requisitos económicos, que podrán justificarse a través de un contrato de trabajo o una oferta firme de empleo.
El permiso se concederá por el tiempo exacto que duren los estudios. Eso sí, se determinan por ley las formaciones que son válidas para obtener este permiso en España y se crea un Registro de Instituciones y Centros de Enseñanza Superior con los centros en los que se pueden cursar.
Además, quedan excluidas de esta categoría las prácticas no laborales y las actividades de investigación, lo que limita el alcance de esta vía para muchas personas vinculadas al mundo académico. Asimismo, se mantiene la posibilidad de obtener la estancia por estudios desde territorio español, dos meses antes del inicio del curso, siempre que el solicitante se encuentre en situación regular.
Un cambio favorable es que, a partir de ahora, los familiares de estudiantes podrán solicitar su residencia desde España, siempre que estén aquí de forma legal (tanto en régimen de residencia o con una estancia como turista), sin necesidad de tramitarla en sus países de origen.
Sin embargo, se excluye a los menores, que ya no podrán cursar estudios en España bajo esta autorización. Elena Abella considera que este punto es especialmente negativo. “Se endurecen las condiciones para estudiar en el país y los menores quedan directamente fuera”, comenta.
Retos pendientes tras la reforma
Entre los principales retos que persisten tras la entrada en vigor del nuevo reglamento, la abogada Elena Abella destaca, entre otros, la necesidad de unificar criterios entre oficinas de extranjería, mejorar los plazos de resolución y resolver la inseguridad jurídica de los solicitantes de asilo. También señala que es imprescindible dotar de más recursos a la Administración para evitar bloqueos en la tramitación de los papeles.
Y es que, en la práctica, muchos permisos tardan más de seis meses en resolverse, a pesar de que el plazo legal es de tres meses. Es más, en el caso de que se interpongan recursos contra denegaciones, la demora puede alcanzar incluso un año. “Si no se contrata más personal o se implementa un nuevo sistema de gestión, la avalancha de solicitudes podría colapsar aún más el sistema”, alerta Abella. “La reforma es ambiciosa, pero sin medios, su aplicación será muy limitada”, concluye.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
¿Por qué estás viendo esto?
Flecha
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Please enable JavaScript to view the <a href=”https://disqus.com/?ref_noscript” rel=”nofollow”> comments powered by Disqus.</a>
Más información

El Gobierno apuesta ahora por la regularización extraordinaria de cientos de miles de inmigrantes

El Defensor advierte de que el nuevo reglamento de extranjería perjudicará a menores no acompañados
Archivado En
- Legislación
- Extranjeros
- Ley extranjería
- Inmigración
- Inmigración irregular España
- Asilo político